La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reculado y matizado sobre los distintivos de preseñalización que debe mostrar el conductor en caso de accidente o avería en carretera. De este modo, una vez culminada la entrada en vigor de la baliza v16 "para todos los turismos, vehículos mixtos y automóviles destinados al transporte de mercancías, autobuses y conjuntos de vehículos no especiales", Pere Navarro, director general de Tráfico ha publicado la instrucción 2025/20 para aclarar la norma.
Así, en el documento oficial, Navarro se refiere a los "triángulos de preseñalización de peligro" que, "eventualmente colocados, no tendrán la consideración de obstáculo en la vía y, por tanto, no serán objeto de denuncia". La instrucción empezará a "ejecutarse al día siguiente de su firma"
Junto a esta corrección, Navarro reafirma la vigencia del artículo 130 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre. El mismo dispone "cómo se debe proceder en caso de imovilización del vehículo, indicando que, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario, la baliza v16 luminosa y conectada, para advertir dicha circunstancia".