Reparación | Así afecta a los talleres la adaptación de la normativa gallega a la orden estatal de suelos

Aquellos talleres de reparación considerados potencialmente contaminantes deberán presentar un informe de suelos.

La empresa ha de presentar al inicio de la actividad un informe preliminar de situación
La empresa ha de presentar al inicio de la actividad un informe preliminar de situación

El pasado 1 de enero entró en vigor la actualización del Decreto 60/2009, de 26 de febrero, sobre suelos potencialmente contaminados y el procedimiento para la declaración de los que están contaminados, modificado por la Ley 3/2018, del 26 de diciembre.

La adaptación de la normativa gallega a esta orden ministerial supone especificar los casos en los que los talleres de reparación de vehículos son considerados potencialmente contaminantes y han de presentar el Informe de Suelos, según explica la Conselleria de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia tras la consulta realiza por Atreve a dicha institución.

De esta forma, los negocios de mantenimiento y reparación de vehículos de motor deberán presentar el mencionado documento si existen depósitos enterrados de sustancias peligrosas; si se consumen pinturas o barnices de base no acuosa en cantidades superiores a una tonelada al año, y en el caso de que los focos potencialmente contaminantes del suelo se encuentren a la intemperie o sobre suelo no pavimentado.

Tras tener en cuenta estos supuestos, los titulares de la empresa han de presentar al inicio de la actividad un informe preliminar de situación y un informe de situación cada cinco años a modo de revisión, así como si se hacen modificaciones sustanciales, por cierre definitivo o cambio de titular.

Todos aquellos establecimientos dedicados exclusivamente a la venta no tienen la obligación de presentar los citados informes.

Por otro lado, la asociación gallega recuerda que ofrece a sus asociados servicios de asesoría medioambiental.

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