Reparación | Solo los talleres de menos de 400 metros cuadrados pueden abrir al público el 4 de mayo

Aunque las patronales no se ponen de acuerdo sobre la interpretación de la norma, la reapertura sería siempre bajo cita previa y cumpliendo todos los requisitos sanitarios establecidos.

El tamaño del taller sí importa para poder abril el 4 de mayo
El tamaño del taller sí importa para poder abrir el 4 de mayo

Si tienes un taller de más de 400 metros cuadrados y pensabas abrir a partir del 4 de mayo, para atender al público en general, con la entrada en vigor del Plan para la transición de la “nueva normalidad”, quedas excluido de tal posibilidad. Así lo establece la Orden SND/388/2020, publicada en el BOE el 3 de mayo, que recoge las condiciones para la reapertura de estos establecimientos y los del comercio minorista (lo que incluye a las tiendas de recambios), con el comienzo de la Fase 0 del plan gubernamental, y entienden patronales como el Gremi de Talleres, Atra, Fevauto o Fremm, aunque otras como Asetra o Conepa consideran que no existiría tal limitación para los talleres, a la espera de aclaración por parte de las autoridades.

Aunque cambia el escenario y se flexibilizan las restricciones anteriores, en la que los talleres sólo podían atender determinadas urgencias, limitadas al aseguramiento de las operaciones de transporte de mercancías y movilidad ligada a los servicios esenciales incluidos en el Decreto de Alarma, los talleres autorizados a abrir a partir de los 4 de mayo lo tienen que hacer cumpliendo escrupulosamente una serie de requisitos.

El primero, establecer un sistema de cita previa para garantizar la permanencia en establecimiento o local, en un mismo momento, de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de estos. El segundo, fijar un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.

La atención individualizada al cliente se hará siempre con la debida separación, de al menos un metro cuando haya elementos de protección o barreras como mamparas, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos. Los talleres tendrán que poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso. El uso de mascarillas será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores.

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL TALLER

La normativa obliga también a limpiar y desinfectar las instalaciones, al menos dos veces al día. Aquí se incluyen elementos como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación.

Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día; otra, preferentemente al mediodía, con pausa de la apertura, para tareas de mantenimiento, limpieza y reposición de EPIs. La orden ministerial estipula asimismo el lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo, que deberán lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.

Se seguirán las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del Covid-19. Entre ellas, los trabajadores contarán con equipos de protección individual (EPIs) adecuados al nivel de riesgo y todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.

Aunque la situación a partir del 4 de mayo sitúa a los talleres más cerca de la normalidad, desde las asociaciones se solicita prudencia y que se tengan en cuenta algunos consejos que eviten toma precipitada de decisiones que pueden causar importantes perjuicios. Así lo explica el Gremi de Tallers de Barcelona, con estos cuatro puntos clave:

1. Si dispone de trabajadores, contacte con su Servicio de Prevención a fin de que le facilite el Plan de Contingencia específico para hacer frente al COVID-19.
2. Tenga en cuenta las guías sectoriales que patronales y sindicatos hemos consensuado para garantizar la seguridad en la salud del personal afecto a la actividad.
3. Asegúrese de disponer de los EPIs necesarios para reemprender la actividad, contando con su necesidad para su protección y la de sus trabajadores.
4. Si ha tramitado un ERTE, tenga en cuenta que este sigue vigente, al menos mientras dure el Estado de Alarma, por tanto, aconsejamos antes de adoptar medidas de dar por finalizados los efectos del ERTE, o desafectar a trabajadores (excluirlos de sus efectos), asesorarse y analizar si las circunstancias que dieron lugar a su necesidad han cambiado. Nadie nos asegura que esta vuelta a una relativa normalidad tenga una repercusión directa en nuestro trabajo y en la sostenibilidad económica de nuestras empresas.

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