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Cetraa y Conepa exigen la inclusión de los talleres en la moratoria de las cotizaciones sociales

Ambas entidades solicitan la modificación de la orden publicada en el BOE el 28 de abril y apelan a la aplicación de la jerarquía normativa. El Real Decreto-Ley 11/2020 determinaba que todas las actividades no suspendidas por el estado de alarma podrían acogerse a esta moratoria.

Redacción

30 de abril 2020 - 10:16

CETRAA - Moratoria cotizaciones sociales
Cetraa y Conepa solicitar modificar la nueva orden publicada en el BOE / Redacción Infotaller

La Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines (Cetraa) y la Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (Conepa) han trasladado al ministerio competente la desaprobación por parte de ambas organizaciones al no incluir a los talleres de reparación entre las actividades económicas que puedes acogerse a la moratoria, sin intereses, en el pago de las cotizaciones sociales que deben ingresar en los meses de mayo, junio y julio.

Cetraa y Conepa argumentan que la publicación del pasado 28 de abril en el BOE de la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo; limita el ámbito de una normativa superior, en este caso del Real Decreto-Ley 11/2020, el cual determinaba que todas las actividades no suspendidas y vistas como servicio esencial, podrían acogerse a esta moratoria.

El sector de la reparación ha visto restringida su actividad por una Orden Ministerial, experimentando una importante reducción de su facturación y problemas de liquidez por las limitaciones de movimiento y de atención a clientes. Cetraa y Conepa se plantean los motivos por los que otros sectores reciben el mismo tratamiento a efectos del ERTE por fuerza mayor y en cambio se les aplica uno distinto respecto de la moratoria.

Ambas entidades solicitan la modificación de la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, e instan a incluir al sector de los talleres de reparación de vehículos dentro de las actividades que están autorizadas para poder aplazar durante 6 meses, sin intereses, sus cotizaciones.

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