Parece evidente. Pero la Justicia ha tenido que confirmar que despedir a un inspector de ITV corrupto, pasando inspecciones a vehículos que no lo debían hacer, es procedente. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMu) ha estimado la reclamación interpuesta por la empresa de ITV de la ciudad levantina frente a un trabajador despedido, concretamente, un inspector de la ITV que manipulaba los resultados para dar la "pegatina". Así, ha confirmado el despido procedente, después de que éste no cumpliera con las exigencias de la inspección, y se le viera con importantes cantidades de dinero en efectivo en su puesto de trabajo.
Aunque muchos conductores lo consideran innecesario, todos los vehículos en España están obligados a atravesar, de forma periódica, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Es necesario para poder tener la conocida "pegatina" que acredite que el vehículo es seguro para su uso en las carreteras españolas. No siempre es sencilla de conseguir. No era así en el caso del implicado, que facilitaba su consecución, desde su puesto de trabajo en ITV La Hita (Murcia) desde julio de 2019, como inspector ITV técnico primera, según informa Confilegal.
El acusado ocupó dicho puesto hasta julio de 2024, fecha en la que la gestora de la ITV remitió al trabajador carta de despido. "La empresa ha detectado una serie de comportamientos inapropiados, que sin duda tienen el carácter de hechos continuados", explicaba en la misma. Dichos comportamientos se basaban, esencialmente, en realizar "inspecciones en las que el resultado se ha visto alterado por su participación directa, fraudulenta, dolosa y absolutamente transgresora de toda buena fe contractual".
"El 28 de mayo, comienza a inspeccionar un BMW, a lo largo de la inspección, lo cambia de línea para realizar la prueba de gases, el vehículo presenta más de una salida de escape, pero usted ha realizado únicamente una prueba, incumpliendo el manual, y otorgando resultado favorable a la inspección", expone, a modo de ejemplo, la misiva de la empresa.
Esta práctica no era la única, pues, durante varios días y dentro de su jornada laboral, fue visto "efectuando intercambio de dinero en metálico con otros compañeros de trabajo".
Recursos ante los tribunales
Pese a todo ello, el inspector de la ITV llevó el despido ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº9 de Murcia. Este tribunal estimó las pretensiones del trabajador, consideró el despido de la ITV y declaró como "improcedente" la decisión de la empresa. Y es que, según este fallo, si bien da por acreditados los hechos imputados al trabajador, "considera que no tienen entidad suficiente para justificar el despido".
Ante esta tesitura, la propia empresa de ITV elevó un recurso de suplicación ante el TSJMu. Exactamente, ante la sala compuesta por los magistrados Mariano Gascón Valero (presidente), María Dolores Nogueroles Peña y Juana Vera Martínez (ponente).
Estos magistrados que, en su sentencia 302/2026, reconocen las pretensiones de la empresa, y así, estipulan el despido procedente. No sólo por el cúmulo de faltas cometidas por el trabajador durante las inspecciones, dando como bueno el estado de los vehículos sin comprobarlos, y ofreciéndoles la "pegatina" de la ITV. También por el riesgo que ésto supone en carretera para la seguridad vial.
Un despido "justificable"
"Entendemos que los hechos imputados, tanto por su entidad, pues se trata de la prestación de un servicio público que garantiza la seguridad de los vehículos, pudiendo ocasionar riesgos, como por su cantidad, pues son múltiples los incumplimientos, tienen entidad suficiente para justificar el despido", valora el tribunal. Por si fuera poco esta gravedad, se ve aún más incrementada, según el TSJMu, "por el manejo de importantes cantidades de dinero en el lugar de trabajo, sin justificar por el trabajador".
"Los sistemáticos incumplimientos podrían estar relacionados con el dinero que el actor y otros compañeros manejaban o se repartían, lo que justifica aún más la sanción impuesta", concluye el tribunal, revocando la sentencia anterior, declarando la procedencia del despido sin costas.