Reparación | Nuevo régimen sancionador para empresas que no presenten sus cuentas anuales

El nuevo reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas contempla la imposición de sanciones que oscilan entre 12.000 a 60.000 euros a aquellas sociedades "zombies" que no depositen sus cuentas anuales.

Se contemplan multas por no presentar el balance anual
Se contemplan multas por no presentar el balance anual

La Administración, a través del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, se ha propuesto limpiar los censos de sociedades de las llamadas empresas zombis, aquellas que circulan en el mercado pero que, en realidad, no tienen ninguna actividad. El fin, según publica el diario Cinco Días, es evitar que se utilicen para fines delictivos. Para ello el primer paso apela directamente a su bolsillo, puesto que pueden recibir una multa de hasta 60.000 euros por no cumplir con determinadas obligaciones formales.

Más en concreto, el nuevo reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas, publicado el pasado 30 de enero y del que ya han informado patronales de talleres como UEAC, contiene una batería de medidas para agilizar el procedimiento sancionador contra las empresas que no depositen sus cuentas anuales, que contempla multas que van desde los 1.200 a los 60.000 euros (para las pymes) y, en algunos supuestos, hasta los 300.000.

Aunque no existen cifras oficiales, según los cálculos de Iberinform, más de un millón y medio de empresas registradas oficialmente llevan años sin anotar estos balances. Sin embargo, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac) tan solo tramita 150 sanciones al año, aproximadamente.

La principal medida, por tanto, es involucrar a los registradores mercantiles en la persecución de las compañías incumplidoras. A través de un convenio de colaboración, explica Nieves Briz, socia de Dentons, “se encargarán de la supervisión y la incoación de los expedientes sancionadores”. José Miguel Tabarés, vicedecano y portavoz del Colegio de Registradores, adelanta que el convenio estará firmado antes del 31 de julio, fecha límite para que las empresas apunten el balance del ejercicio pasado.

No obstante, según apunta Briz, se espera que en 2021 la actividad sancionadora del Icac se duplique y el importe de la recaudación salte de los 685.000 euros ingresados por este concepto en 2019 a más de 1,1 millones. En tiempos de pandemia, recuerda la abogada, “cualquier ingreso adicional es una prioridad”.

Por otro lado, al borrar a las empresas zombis, podrán optimizarse los recursos públicos empleados (de instituciones como la AEAT) para gestionar las sociedades realmente activas. Existen diversos motivos por los que las empresas pueden quedar inertes, como son las sociedades constituidas por matrimonios que, tras separarse, no se ponen de acuerdo y se ven abocados a la vía judicial para disolver, liquidar y extinguir la compañía. Y si, además, las empresas carecen de patrimonio, tampoco existe un incentivo económico para regularizarlas.

Dejar en pausa una sociedad es, por otro lado, relativamente fácil. Basta con informar mediante el correspondiente modelo a la Agencia Tributaria. Sin embargo, estas compañías siguen teniendo obligaciones fiscales y registrales. Hasta el momento, solo Hacienda les apretaba las tuercas. Ahora, indica Briz, se quiere asegurar la depuración de los censos “dando muerte civil a estas sociedades zombis, que pueden afectar al mercado”.

Además son caldo de cultivo para el blanqueo de capitales. En estos casos, el control registral es clave, pues, junto a los documentos que acompañan las cuentas anuales, hay un formulario obligatorio para identificar a los titulares reales de la compañía.

En caso de multa, los administradores sociales no siempre están a salvo. Carlos Puig de Travy, presidente del Registro de Economistas Auditores (REA), señala que los gestores pueden tener que hacer frente a las deudas sociales si provocaron los números rojos de la compañía. Asimismo, agrega, no formular las cuentas anuales durante los últimos tres ejercicios implica una presunción de culpabilidad en caso de que la compañía acabe en concurso. En estos casos, el papel de estos profesionales es el de “informar a los empresarios sobre los graves perjuicios económicos que pueden existir”.

Los economistas echan en falta un segundo aspecto para mejorar la transparencia de la información que se ofrece a los agentes del mercado. Reclaman “actuaciones decididas para evitar el incumplimiento de otras entidades que, aun depositando sus cuentas anuales, están obligadas a estar auditadas y no lo son”.

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