Neumáticos | Industria matiza ahora a Adine que los talleres de más de 400 m2 pueden abrir al público

En Fase 0, pueden atender al público con las medidas oportunas, pero no abrir el área de exposición y venta de productos.

Las imprecisiones del Gobierno sobre los talleres vuelven a generar problemas
Las imprecisiones del Gobierno sobre los talleres vuelven a generar problemas

Cinco días laborales después, el Gobierno se ha pronunciado sobre las consultas realizadas por el sector en relación a la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecían las condiciones para la apertura al público en general de determinados comercios y servicios a partir del día 4 de mayo en la fase 0 de la desescalada. La cuestión y el debate estaba en los 400 m2 de superficie. La orden establecía a nivel general que los comercios no podían abrir al público si tenían una superficie superior y así lo entendieron diversas patronales regionales como el Gremi de Talleres, Fevauto, Fremm o Atra.

Pues bien, ahora Industria ha matizado a Adine que los talleres de más de 400m2 podrán abrir en Fase 0, pero no el área de exposición y venta de productos si los tuvieran, algo que entendían otras patronales como Asetra o Conepa. Las imprecisiones del Gobierno vuelven a generar conflicto y problemas en el sector de la reparación, causando más pérdidas económicas de las ya generadas por la crisis sanitaria. En concreto, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de su Secretaría General de Industria y de la Pyme, ha emitido el siguiente comunicado a Adine, en relación a su consulta, la cual dice lo siguiente: 

"2) En los términos antes indicados (art. 1.1 de la Orden SND/388/2020), es posible la apertura de los talleres al público en general y también la prestación de servicios que no tengan carácter urgente. Por lo que se refiere a la superficie de los locales, aunque no se especifica por la Orden, la superficie que debe considerarse es la superficie útil de exposición y venta conforme a la normativa vigente".

Todo ello, siempre conforme a lo ya mencionado en la Orden SND/388/2020, es decir, concertando cita previa, estableciendo una separación física, horario de atención preferente para mayores de 65 años y los correspondientes protocolos sanitarios.

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