Chapa y pintura | Un tribunal obliga a Mapfre a pagar una reparación

La Audiencia de Pontevedra rechaza la doctrina del enriquecimiento injusto esgrimida por las aseguradoras para evitar el pago total.

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Condenan a Mapfre a pagar la reparación de un siniestro

Si recientemente la Audiencia Provincial de Murcia condenaba a una aseguradora a pagar la reparación de un siniestro total (ver noticia), ahora otra sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra puede sentar precedente para que las compañías no esgriman la doctrina del enriquecimiento injusto con el fin de evitar pagar el 100% de la reparación de un vehículo siniestrado (ver sentencia).

Según informa la empresa Eurosiniestro, este tribunal ha fallado a favor del asegurado, que reclamaba a la compañía Mapfre, con la que tenía contratado su seguro, el pago de la reparación de los daños de su vehículo por valor de 6.913 euros. La compañía, por su parte, sólo le habría ofrecido una indemnización de 1.500 euros, teniendo en cuenta el valor del vehículo estimado por el perito (2.500 euros) y la franquicia del seguro a todo riesgo contratado.

Esta circunstancia se habría dado por la llamada doctrina del enriquecimiento injusto, que establece que, si el valor de mercado del vehículo en el momento del accidente es inferior al de la reparación, el asegurado se lucraría de manera injusta con la indemnización por el total de la factura del taller. Se trata de una figura a la que las aseguradoras se suelen acoger para evitar abonar todo el importe.

De este modo, tras demanda presentada contra Mapfre, sentencia a favor del asegurado, posterior recurso y definitiva resolución del tribunal, la compañía deberá abonar finalmente a su cliente la cantidad de 6.000 euros, según Eurosiniestro.

Para ello, el tribunal argumenta que existiría tal enriquecimiento injusto si el asegurado obtuviera una reducción de la prima conforme su vehículo fuera perdiendo valor de mercado.

Sin embargo, el conductor seguía pagando la misma cantidad por el seguro que al principio (unos 900 euros al año), por lo que, “de limitarse la indemnización al valor de mercado del vehículo asegurado, habría una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima y, a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”.

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