Chapa y pintura | Atreve informa sobre la cesión de derechos como nueva herramienta del taller

La asociación coruñesa indica que esta fórmula es un arma para el centro en la defensa del asegurado.

La patronal presenta esta idea como fórmula innovadora en el sector
La patronal presenta esta idea como fórmula innovadora en el sector

La asociación Atreve, dentro de su línea de trabajo de asesoramiento a los talleres, defiende que además de ofrecer reparaciones de calidad, los establecimientos deben convertirse en asesores de confianza de sus clientes y ayudarles a defender sus derechos frente a las compañías aseguradoras.

Por ello, la cesión de derechos se presenta como una fórmula sobre la que la organización coruñesa pretende informar no solo a los centros de la región gallega, sino a los de toda España.

De esta forma, los asociados tienen acceso a través de la página web de la entidad a la lista de los documentos que han de firmar los negocios con el cliente, modelos tipo, la designación de abogado, la solicitud de perito independiente, etc.

Asimismo, la patronal subraya que para estos aspectos cuenta con la colaboración del abogado Fernando Expósito Dopico, del despacho Valedores del Asegurado, quien explica que “todo seguro incluye por ley, en la póliza de defensa jurídica, el derecho del tomador a la libre designación de abogado”.

Además, añade que el límite económico de la cobertura se sitúa normalmente entre los 600 y 1.500 euros, aunque en algunos casos es hasta los 3.000 euros, con la salvedad de que cuando hay un conflicto de intereses no existe ningún límite de gasto.

En tal caso, cuando la misma aseguradora representa a las dos partes de un siniestro o cuando, por los convenios que firman las compañías, es tu propio seguro el que tiene que indemnizarte por el daño que ha causado un tercero, el tomador del seguro puede recurrir a la citada cesión de derechos, es decir, un contrato regulado en el Código Civil por el que el dueño del vehículo cede al taller de reparación el derecho a reclamar, explica Expósito.

Pero el taller también puede hacerlo utilizando la póliza de defensa jurídica del asegurado, es decir, nombrando al abogado que estime oportuno y sin límite de coste al existir conflicto de intereses.

Con la cesión de derechos como herramienta, el taller puede realizar trabajos que de otra forma no haría. Un ejemplo sería si consigue que el seguro costee la reparación en lugar de declarar siniestro total y, con ello, prestar un servicio mejor a su cliente, indican desde Atreve.

Gracias a este sistema, el centro repara el coche y lo entrega al cliente asumiendo el coste. Y, el dueño del vehículo, a su vez, firma la cesión de derechos dejando en manos del establecimiento la farragosa reclamación.

Con este modo de trabajar, es el taller quien asume el riesgo y la reparación en principio, pero cobra finalmente la indemnización y los intereses de demora, si los hubiera.

Por otro lado, Expósito asegura que esta es una fórmula innovadora y que no se está utilizando en ningún sitio en este tipo de casos. Para reforzar esta idea señala la existencia de una sentencia del Tribunal Supremo en un caso en el que una funeraria reclamó con una cesión de derechos a una aseguradora, con lo que se establece el precedente de que el cesionario puede cobrar no solo la indemnización, sino también los intereses de demora.

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