Los neumáticos de los camiones y sus semirremolques deben "tener, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodadura que, como mínimo, debe ser de un milímetro". Así lo exige una orden ministerial que modifica el Reglamento General de Vehículos y que entró en vigor el pasado sábado 30 de mayo. La norma ha acabado con la laguna legislativa que existía para los vehículos de las categorías M2, M3 (vehículos de viajeros de más de ocho plazas), N2 y N3 (vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada), O3 y O4 (remolques de más de 3,5 toneladas).
Y es que, hasta ahora, el Reglamento General de Vehículos solo legislaba para los vehículos ligeros –de las categorías M1, N1, O1 y O2–, que tienen que tener una profundidad en las ranuras de sus neumáticos de, al menos, 1,6 milímetros. Para los pesados no concretaba ninguna cifra y se limitaba a exigir que presentaran dibujo.
Para el fabricante de neumáticos Continental, esta modificación legislativa era una necesidad de claridad que exigían tanto los propios fabricantes como el sector del transporte: "La falta de afirmación generaba, en muchas ocasiones, discrepancias e indefensión entre los transportistas y los agentes de tráfico a la hora de interpretar si un neumático cumplía o no las condiciones de seguridad. Según datos del último estudio realizado por Continental y Fenadismer, el 83% de los encuestados considera que el aspecto del neumático más importante para la seguridad es la profundidad del dibujo, y más del 57% estaba a favor de una profundidad mínima obligatoria, como ha ocurrido".
Multas de hasta 200 euros por rueda
El incumplimiento de este mínimo de profundidad se sanciona con una multa de 200 euros por cada neumático defectuoso. Asimismo, en caso de condiciones meteorológicas adversas, como es asfalto mojado, y si el vehículo (camión de más de 7500 kg o autobús) presenta tres o más neumáticos en mal estado, el conductor podría enfrentarse a una denuncia por conducción temeraria, lo que conlleva una sanción de 500 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir.
La reforma del reglamento también introduce otras novedades como que los vehículos de más de 3,5 toneladas deberán equipar obligatoriamente neumáticos con certificación de invierno extrema (marcado por 3PMSF O POR) como mínimo en el eje de dirección y en los ejes motrices, o la obligación de la digitalización de la tarjeta ITV electrónica, de tipos A, B, C y D para vehículos de categoría M, N y O.