En el ramo de automóviles y siguiendo como premisa básica la Ley del Contrato de Seguros (LCS), la resolución es similar a Patrimoniales, pero la liquidación está más enfocada a abonar el importe de la valoración fijada para los daños al taller. No olvidemos que el carácter del Contrato de Seguro es indemnizatorio, pero si el asegurado lo permite, puede asimilarse la indemnización a la reparación de dichos daños.
Cuando tiene lugar un siniestro, su resolución se fía al asesoramiento y actuación de la aseguradora, ésta registra el siniestro y, si procede, asigna a un perito que informe sobre el origen y causa del siniestro y sobre el valor de los daños, así como su ajuste en el marco de la póliza suscrita. No obstante, en la práctica, tienen lugar infinidad de incidencias derivadas de la contratación de la póliza (corredor de seguros), valoración de los daños (perito) y resolución del siniestro (aseguradora).
En caso de siniestros complejos, dudosos o de gran valor, considero necesario el asesoramiento de un perito tasador independiente que defienda, asesore y acompañe honestamente al asegurado hasta la resolución del siniestro. No cabe duda que supone una inversión económica, pero su intervención garantiza que el proceso se ha realizado adecuadamente y se ha resuelto correctamente respecto al contrato de seguro establecido. El objetivo sería resolver el siniestro extrajudicialmente, evitar al taller muchos de los problemas que habitualmente tienen lugar y garantizaría el cobro del importe acordado entre ambas partes.
Libre elección del taller
La libre elección de un taller es un derecho del asegurado, salvo que haya alguna póliza que obligue contractualmente a reparar en talleres colaboradores. Pero dicha elección con plena libertad genera algunos problemas:
- Si el taller no es “colaborador” de la aseguradora existe mayor conflictividad: las discrepancias en el precio de hora de taller, baremos, tiempos de reparación de chapa y pintura a la baja, materiales alternativos, materiales de pintura de diferentes calidades, etc. El objetivo de la aseguradora es minimizar la valoración de la forma que sea y ello genera desgaste en el taller.
- Se generan retrasos en la reparación debido a que se autorizan más lentamente los siniestros. Los compromisos de pago en un taller libre se dan más tarde que cuando el taller es colaborador: se solicita más documentación (fotos, desmontajes previos, exhaustivo reportaje fotográfico de seguimiento, albaranes de material, etc.), y, en casos extremos, se producen bloqueos y paralización de las reparaciones hasta que haya un acuerdo con el perito.
- Existe una falta de respaldo jurídico y técnico, ya que muchos talleres no cuentan con el apoyo pericial o legal, lo que debilita la posición del asegurado frente a la compañía. Si el taller acepta recortes en la valoración para acelerar el pago (extorsión aseguradora a través del perito), se perjudica la calidad de la reparación. En cualquier caso, es fundamental que el asegurado tenga libertad de elección del taller reparador.
Imposición de taller colaborador
Cuando se acepta un taller colaborador propuesto por la compañía, se suele vender como una opción más cómoda donde te indican “aquí no tendrá ningún problema”. No obstante, también tiene sus riesgos:
- El taller colaborador tiene una gran dependencia económica de la aseguradora: el taller trabaja con acuerdos escritos que imponen el precio de hora, que suele ser bajo, imponen directa o indirectamente a través de su perito o coordinador tiempos más ajustados empleando baremos de parte de la aseguradora, y que también obligan de una forma u otra al uso de recambios alternativos, verdes (de desguace), pinturas de segunda y tercera calidad, etc. El taller prioriza los intereses de la aseguradora a los del asegurado y pasa a ser connivente con la aseguradora.
- Las reparaciones se ajustan o adaptan al valor de la peritación, no al daño real, es decir, hay tendencia a reparar en lugar de sustituir, evitar operaciones complejas, limitar los desmontajes necesarios para minimizar el coste, la calidad de la reparación puede quedar en evidencia.
- La transparencia se ve mermada puesto que el asegurado no suele ver el presupuesto real, no se tiene acceso a la peritación donde se puede ver el criterio técnico empleado, es decir, no se facilita la peritación puesto que se vería el material empleado (alternativo, desguace, etc.) y las operaciones propuestas. El taller se convierte en responsable de una peritación propuesta por el perito de la aseguradora.
- Es muy posible que aparezca en algún momento un conflicto de intereses. El taller puede y de hecho muchas veces actúa como una extensión operativa de la aseguradora, no como defensor del asegurado. El vínculo lo establece la aseguradora con el taller a través de la reparación que controla de forma exhaustiva. En caso de desacuerdo, el taller rara vez apoyará al cliente frente a la aseguradora.
En mi opinión, el problema generado con la disyuntiva entre el “taller libre” y el “taller colaborador” se resuelve acompañando a la elección del taller una peritación independiente previa a la intervención del perito de la aseguradora o simultánea. El taller colaborador puede restar transparencia al proceso y calidad a la reparación.
Infravaloración del daño
Es muy habitual que algunas valoraciones no se correspondan con la realidad. El perito debe de valorar con criterio objetivo y realista todas las partidas que afectan a la reparación de un bien, ya que pueden producirse omisiones de ciertas partidas sin explicación, mano de obra a precios irreales, tiempos de reparación inferiores, etc.
Todos nos apoyamos en múltiples baremos y programas de valoración de daños como Audatex o GT Estimate. Se supone que el uso y aplicación es correcto, sin manipular la entrada de ciertos datos que puedan arrojar valoraciones inferiores: modificación de tipos de pintura, inclusión de tarifas de material de pintura de menor calidad, eliminación de constantes de pintura cuando no procede, modificación manual y a la baja de baremos, inclusión de bases de datos con recambio alternativo cuya calidad no se ha contrastado, empleo de material alternativo en piezas de mecánica que pudieran afectar a la seguridad, eliminación de desmontajes de accesorios o piezas que afecten a la calidad de la reparación, etc.
En caso de empleo de piezas alternativas o recambio verde (desguace), hay que tener en cuenta que no se pueden montar sin el consentimiento expreso del asegurado y sin la debida garantía correspondiente y hay que considerar que pueden afectar a la seguridad, valor y garantía del vehículo. Es muy importante que, tras solicitar la peritación a la aseguradora o taller, un perito independiente revise los conceptos valorados para ver si son correctos o no. La infravaloración por diversos motivos es una práctica habitual, cuyo objeto es reducir el coste del siniestro (para la aseguradora) en detrimento de la calidad e idoneidad de la reparación (para el asegurado).
Existe una gran obsesión por minimizar el coste de las reparaciones al precio que sea, poniendo en evidencia la calidad de la reparación. Pero esta obsesión no existe cuando el taller es un concesionario.
Declaración prematura de siniestro total
Cuando un vehículo presenta grandes daños y existe la posibilidad de que sea considerado siniestro total, es práctica muy habitual que “se fuerce el siniestro total”, limitando artificialmente el coste de la reparación, incluyendo partidas de daños internos que no quedan justificadas para sobrevalorar el importe del siniestro, elevando el valor de restos y minimizando el valor venal o de mercado si procede (por ejemplo, eligiendo el menor valor de una serie de valores encontrados en el mercado).
Para determinar que un vehículo es siniestro total, hay que realizar un estudio exhaustivo de ese vehículo, realizar una aproximación de valor racional y, si es necesario, hay que dar orden de desmontar lo necesario para profundizar más en la valoración, ver si existe una reparación técnica viable con la autorización del cliente y tiene que existir libre elección de taller para este supuesto. Es necesario revisar los criterios seguidos en la determinación o no del siniestro total, para evitar así, malas prácticas periciales.
Valor venal y valor de mercado
El primero es el valor de venta de un vehículo en el momento anterior al siniestro, mientras que el segundo es el importe medio al que un vehículo concreto puede ser adquirido en el mercado libre en la fecha del siniestro, considerando su estado real, kilometraje, conservación, equipamiento y oferta-demanda existente.
Las aseguradoras se limitan a utilizar, de forma interesada, aplicaciones de Ganvam y Eurotax, que son valores estadísticos muy inferiores a la realidad y sin justificación alguna.
Asesoramiento técnico pericial y jurídico
El asegurado comete muchas veces un error estratégico grave consistente en no solicitar desde el momento inicial asesoramiento técnico y jurídico. En principio, el servicio lo ha de dar la compañía, pero ello no es óbice para que haya un seguimiento y control que sea independiente.
El perito de la aseguradora sigue instrucciones de ésta a través del departamento de siniestros a quien ha de informar en todo momento, defendiendo los intereses económicos de quien le paga, pero es la aseguradora quien controla la gestión, la comunicación y resolución del siniestro.
Artículo publicado en el Manual del Taller de Chapa y Pintura 2026 de Infocap