Vehículo industrial | Tráfico rectifica y permitirá reparar los camiones averiados en carretera

Hasta ahora la norma optaba preferentemente por el remolcado de toda clase de vehículos a un taller, sin prever ninguna regulación específica para los vehículos de transporte pesados.

El  Real Decreto 159/2021 generó alarma ya tras su publicación en lo relativo a vehículos pesados
El Real Decreto 159/2021 generó alarma tras su publicación en lo relativo a vehículos pesados

Según ha podido conocer la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte en España (Fenadismer), la Dirección General de Tráfico ha iniciado la tramitación de modificación del decreto que regula las condiciones de prestación del servicio del sector de auxilio en vías públicas, estableciendo una excepción a la regla general del remolcado obligatorio del vehículo averiado o accidentado en carretera en el caso de los vehículos pesados, los cuales podrán ser reparados in situ cuando sea posible.

El decreto se publicó el año pasado

Según informa Fenadismer, después de cinco años de tramitación, en 2021 el Gobierno por fin publicó el  decreto que determinaba las condiciones de prestación del servicio del sector de auxilio en vías públicas, y que afecta a más de 2.000 empresas de esta actividad del transporte.

En lo referido a la reparación de vehículos averiados o accidentados en carretera, la norma optó preferentemente por el remolcado de toda clase de vehículos a un taller, sin prever ninguna regulación específica para los vehículos de transporte pesados, lo que, en palabras de la asociación, "generó la alarma entre las organizaciones de transportistas y los concesionarios de camiones".

Fue concretamente en marzo del pasado año cuando se publicó en el BOE el Real Decreto 159/2021 por el que se regulaban por primera vez las condiciones en las que deben realizar sus funciones los servicios de auxilio en vías públicas.

El decreto generó alarma entre transportistas y concesionarios

Tras su publicación, el nuevo decreto generó alarma entre las organizaciones de transportistas y los concesionarios de vehículos industriales, ya que entre las novedades que incluía, estaba la referida a la limitación de las actuaciones de reparación y asistencia en carretera de los vehículos averiados, sea cual fuera su clase, apostando preferentemente por su remolcado y traslado a taller, por lo que en el caso de los vehículos de transporte ello representaba un "sobrecoste económico absolutamente irracional, ya que su aplicación literal en la práctica impedía la actuación de los vehículos taller".

 

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