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Neumáticos

AER, sobre la exclusión del recauchutado: "Una actividad sostenible no puede estar sometida a cargas regulatorias"

La Asociación Española de Neumáticos Reciclados considera que la medida traerá "menos incertidumbre regulatoria a las empresas del sector".

Publicado: 22/07/2026 ·16:36
Actualizado: 22/07/2026 · 16:36
  • Pese a celebrar la noticia, AER advierte de que el calendario del Reglamento aún no ha sufrido alteraciones.

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AER -la Asociación Española de Neumáticos Reciclados- ha valorado "positivamente" la reciente decisión adoptada por la Comisión Europea en el marco del proceso de simplificación del Reglamento (UE) 2023/1115, relativo a los productos libres de deforestación (EUDR), y que deja fuera de su ámbito de aplicación al neumático recauchutado como producto final.

Tras analizar la decisión, la Asociación considera que se trata de una "novedad de especial relevancia para la industria del recauchutado, al aportar una mayor claridad sobre el encaje regulatorio de este producto". Pero, sobre todo, AER destaca que "se evita que una actividad claramente vinculada a la prolongación de la vida útil, la reutilización de recursos y la economía circular quede sometida a cargas regulatorias que no se ajustaban adecuadamente a su realidad industrial".

En este sentido, en AER consideran que esta novedad va "en la buena dirección", ya que permite "un enfoque más coherente con la lógica industrial y ambiental del recauchutado". "La exclusión del neumático recauchutado del ámbito del EUDR evita trasladar obligaciones adicionales a un producto que, precisamente, representa una solución alineada con los principios de circularidad, eficiencia de recursos y reducción de impacto ambiental que la propia Unión Europea viene promoviendo en otros marcos regulatorios y estratégicos", insisten desde la Asociación Española de Neumáticos Reciclados.

Eso sí, desde la Asociación muestran su cautela y recuerdan que "esta modificación no ha culminado todavía todo su recorrido institucional". Aunque el acto delegado ya ha sido adoptado por la Comisión, deberá completar ahora el trámite de control correspondiente antes de su entrada en vigor definitiva".

No en vano, hasta el momento, "el calendario general del Reglamento se mantiene sin cambios, por lo que las obligaciones del EUDR seguirán siendo aplicables, en los términos previstos por la normativa europea, a partir de finales de 2026 para grandes y medianas empresas y en 2027, para micro y pequeñas empresas".

"Menor incertidumbre para el sector"

Por otro lado, AER subraya también que "esta exclusión afecta al neumático recauchutado como producto final, lo que contribuye a reducir incertidumbres regulatorias para las empresas del sector". Pese a ello, la Asociación no bajará la guardia y seguirá "analizando con atención las implicaciones prácticas de esta modificación en la cadena de suministro, así como cualquier desarrollo adicional que pueda derivarse del proceso de aplicación del EUDR".

Finalmente, en el comunicado remitido a Infotaller, AER califica esta novedad como "un reconocimiento importante de la particularidad del recauchutado dentro del sector del neumático y refuerza una idea que la Asociación viene defendiendo desde hace tiempo: que las políticas europeas deben asemejarse con la realidad de las actividades industriales que generan valor ambiental, económico y social".

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