Electromecánica | Así es la nueva norma europea para construir y distribuir elevadores de vehículos

La Asociación Europea de Equipamiento para Talleres ha reformado la normativa, que data de 2010.

Velyen da a conocer los cambios en la normativa sobre elevadores
Velyen da a conocer los cambios en la normativa sobre elevadores

Velyen ha dado a conocer los principales cambios de la nueva normativa EN1493.2020, para la construcción y distribución de elevadores de vehículos en Europa tras la reforma llevada a cabo por la Asociación Europea de Equipamiento para Talleres (EGEA).

Este rediseño contribuye a un avance muy significativo en materia de seguridad, de forma que su uso esté configurado para asegurar la calidad de sus materiales de fabricación y funcionamiento, primando la seguridad y eficiencia en el manejo y mantenimiento de los mismos. La nueva normativa en revisión EN1493.2020 establece los siguientes puntos:

  • Los soportes de carga y suplementos tiene que soportar fuerza horizontal de 1500 N, además de un descentrado de la carga del 50%. La solución que tiene que encontrar el mercado para aplicar en previsión de enero de 2021 debe responder a existencia de calzos con poca resistencia al deslizamiento y al corte.
  • En el bloqueo de los brazos se excluye el juego libre de estos, y el paso discreto no debe exceder de 150 milímetros. Esto se debe a que han detectado en el mercado bloqueos que no cumplen los estándares, pues la anterior normativa no especificaba esta cuestión.
  • Definición en anexo K del test de bloqueo de brazos, 4,5% de carga nominal durante 5 minutos manteniendo la funcionalidad: 157, 180 y 225 N para 3.500, 4.000 y 5.000 kilogramos respectivamente.
  • Las poleas y cables tienen que ser calculados según EN16625:2013, incluyendo un mínimo de 114 hilos simples por cable. La normativa señala que deben soportar una resistencia mínima por cable y debe, también, marcarse la resistencia al cable.
  • Las tuercas de trabajo de plástico técnico tienen que soportar 22.000 ciclos con carga máxima y utilizar un factor 6 para el cálculo de las de seguridad. La normativa anterior no marcaba nada al respecto.
  • La elevación auxiliar o sobre fosa tiene que tener seguridad contra bajada inesperada en toda la carrera, reduciendo la bajada a una cantidad inferior a 10 milímetros por segundo, lo que proporciona mayor seguridad ante fallos del sistema.
  • Nuevo cálculo en el anexo I de los topes de salida en las plataformas de soporte de ruedas, son más restrictivas, para ello test al efecto.
  • Se ha definido la inclinación máxima en elevadores que elevan el chasis. Definición de método en anexo H. Anteriomente no se llevaba a cabo ningún control en este punto.
  • En los manuales de instrucciones se tiene que hacer referencia a los accesorios y opcionales permitidos y al máximo juego libre de los brazos.
  • Reforma total de cálculo de husillos para que no se produzca una reversión del movimiento con la carga.
  • El anexo B desarrolla extensamente las definiciones de mecanismo de bloqueo, al igual que la anterior normativa.
  • El anexo E normativo, anteriormente sobre protección contra fuga, pasa a informar sobre cómo realizar un test contra el bloqueo de carga incluyendo el anti-obstáculo, y pasando a ser general con todos los sistemas de movimiento.
  • La norma no es aplicable a equipos para levantar vehículos inclinados.
  • Tampoco es aplicable para elevadores de parking de vehículos.
  • No aplicable para elevadores de menos de 500 milímetros de carrera y debajo de los cuales no se permanezca.
  • Extensa definición de controles remotos y áreas peligrosas, para mejorar la visibilidad. Hay un anexo normativo al efecto.
  • Aceptación de mecanismos de prevención de sobrecarga.
  • Se añade el diámetro de la ruega para el cálculo de las plataformas.
  • Se incluyen en las tablas de cálculo y por consiguiente en la normativa los elaboradores para motos y quads, aunque por separado. En la anterior regulación no existía este control.
  • En los cálculos se debe tener en cuenta si se van a utilizar mecanismos de elevación auxiliar, como jacking beams. Tampoco existía control previo.
  • Es necesario un bloqueo de seguridad para permanecer debajo del elevador. Antes no se hacía mención sobre este punto.
  • Definición en anexo L del test de prevención de rotura del sistema antisalida del brazo extensible. El control previo en la anterior normativa era inexistente.
  • Actualizar las normas referenciadas a las últimas versiones actualizadas.
  • En los manuales de instrucciones se tiene que hacer referencia a que un técnico, preferiblemente autorizado por el fabricante debe realizar una evaluación del equipo a los 10 años de trabajo.
  • Finalmente, también debe haber indicaciones de estabilizar las partes móviles, tanto en la subida como en la bajada y Ep´s necesarios para el uso del equipo.

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