Concesionarios | Suspendido el procedimiento a Seat por el dieselgate

El Gobierno considera que existen otras actuaciones judiciales en curso por los mismos hechos que prevalecen sobre esta.

La competencia para imponer este tipo de sanciones le corresponde al Consejo de Ministros.
La competencia para imponer este tipo de sanciones le corresponde al Consejo de Ministros.

Estos días el Consejo de Ministros ha tomado la decisión de suspender el procedimiento sancionador incoado por el Ministerio de Industria a la compañía Seat al existir otras actuaciones judiciales en curso por los mismos hechos y prevalecer la jurisdicción penal sobre la administrativa.

El expediente, abierto por Industria, se debe a la instalación del software que alteraba las emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) instalado en algunos vehículos diésel.

El pasado 11 de julio, el Ministerio abrió el mencionado expediente administrativo sancionador a la enseña como presunta responsable de una infracción muy grave al incumplir los requisitos aplicables para la homologación en materia de emisiones.

No obstante, según se especifica en la Ley de Industria, la competencia para imponer este tipo de sanciones le corresponde al Consejo de Ministros, por lo que este mismo órgano es el responsable de acordar la suspensión del procedimiento.

Tras las alegaciones presentadas por Seat, el Consejo de Ministros ha llegado a la conclusión de que existe “identidad subjetiva y objetiva entre los hechos que son objeto del procedimiento sancionador y los de las diligencias previas que sigue la Audiencia Nacional”, según fuentes oficiales.

Por ello y ante la prevalencia de la jurisdicción penal sobre la administrativa, según el artículo 30.4 de la Ley de Industria, el Gobierno ha acordado suspender el mencionado expediente.

Cerrar

Inicia sesión con email

He olvidado mi contraseña