Chapa y pintura | J. R. Devasa (Siauto): La responsabilidad civil en un siniestro y la libre elección de taller

Hay una realidad diferente de la que los talleres ven o conocen normalmente. Los continuos intentos de manipular a los clientes para derivarlos a talleres concertados o negar la obligación de pagar los vehículos de sustitución son algunas de esas realidades que es necesario cambiar.

El taller de carrocería desconoce muchas cosas y es su responsabilidad formarse para cambiar una realidad que asfixia a la mayoría
El taller de carrocería desconoce muchas cosas y es su responsabilidad formarse para cambiar una realidad que asfixia a la mayoría

Cada vez que entramos en contacto con un taller interesado en lo que hacemos en la cooperativa de Siauto, nos vemos en la obligación de empezar dibujando una realidad diferente. Una que los talleres normalmente no ven o no conocen, rompiendo algunas mentiras asumidas como verdad, y alguna novedad muy interesante.

Debemos entender que, en caso de un siniestro, hay dos situaciones muy diferentes que se pueden dar. Por un lado, una situación donde paga la compañía aseguradora de nuestro cliente porque el siniestro está cubierto por las coberturas de su póliza contratada y, por otro lado, otra situación en la que la compañía propia está gestionando el siniestro del automóvil en base al convenio entre ellas, pero la responsable civil del siniestro es otra compañía aseguradora, la compañía culpable en dicho siniestro.

  1. La indemnización de la aseguradora se realiza en base al contrato existente entre la aseguradora y el cliente. A estos casos los llamaremos de “daños propios”.
  2. La aseguradora paga por un compromiso que tiene con la compañía causante del siniestro y que no vincula al cliente. A estos casos los llamaremos “terceros perjudicados”.

DAÑOS PROPIOS

Las aseguradoras tratan por todos los medios de gestionar todos los sinestros que les llegan como si de “daños propios” se trataran, porque resulta mucho más ventajoso para ellas, motivo por el cual llegan a ejercer todo tipo de manipulaciones para conseguirlo.

Por este motivo, los talleres debéis tener claro que si las compañías gestionan los siniestros en las que sus clientes son “terceros perjudicados” es para ganar dinero. Lo cual es magnífico y lícito, por supuesto. Pero no lo confundamos con altruismo, ni con atención desinteresada al cliente.

Una de las situaciones más habituales en la que se puede ver claramente esta manipulación de la que hablo en este artículo es con las pólizas que limitan al cliente a reparar en el denominado “taller concertado”. Una cláusula que las aseguradoras intentan que los clientes cumplan, a pesar de que se trate de un “tercero perjudicado”.

“TERCERO PERJUDICADO”

Cuando un cliente es un “tercero perjudicado”, no es aplicable el contrato entre las partes firmado, porque esos daños no los tiene que abonar el cliente, ni su aseguradora, sino la contraria por su responsabilidad en el siniestro. Es más, tampoco debe el cliente discrepar con su aseguradora, sino que a quien debería dirigirse es a la compañía contraria.

Hay otra cuestión que se puede añadir, referente a la responsabilidad civil, de la que pocos hablan, excepto las audiencias provinciales, pero ninguna aseguradora desde luego. Y es el hecho de que la compañía causante del daño debe indemnizar al perjudicado por la pérdida de uso de su vehículo. O, dicho de otro modo, las aseguradoras causantes de los siniestros deben abonar los costes de los vehículos de sustitución cedidos por los talleres a los clientes perjudicados en los siniestros.

CONCEPTO INDEMNIZABLE

Son las Audiencias Provinciales las que están afirmando esta cuestión en numerosas sentencias, que la pérdida de uso del vehículo es un concepto indemnizable por las aseguradoras al perjudicado en un siniestro. Al amparo de lo que dicen estas Audiencias Provinciales, son ya bastantes los siniestros en los que, desde la cooperativa Siauto, estamos reclamando los vehículos de sustitución a las aseguradoras y directamente ya muchas las que aceptan que deben abonarlo, sin necesidad de tener que ir a juicio.

En definitiva, existen muchas cuestiones que el taller de carrocería desconoce, y es únicamente su responsabilidad formarse y asesorarse para conseguir cambiar una realidad que asfixia a la mayoría de centros de reparación, y donde es necesario tomar acciones para conseguir que los cambios tan necesarios lleguen cuanto antes.

REALIDADES QUE HAY QUE CAMBIAR. Los continuos intentos de manipular a los clientes para derivarlos a talleres concertados o negar la obligación de pagar los vehículos de sustitución son algunas de esas realidades que es necesario cambiar.

En el momento de escribir este artículo, hablaba con un taller que me explicaba que una compañía con la que trabajaba poco había enviado cartas a sus clientes intentando derivarlo a un taller concertado a pesar de ser un “tercero perjudicado” y mi contestación fue clara:

  1. Decide si quieres seguir así o plantarte…con esa compañía.

- Si sigues así, los clientes se irán yendo de tu taller poco a poco.

     2. Si decides plantarte:

- Fórmate.

- Búscate un asesor que te ayude.

- Ofrécele al cliente todo tu apoyo para la gestión del siniestro.

- Documenta que el cliente te autoriza a cobrar directamente de la causante del daño.

- Documenta si le dejas un vehículo de sustitución y déjale claro que no es gratuito.

- Gestiona el siniestro apoyándote en un equipo independiente y profesional.

- Factura y reclama a la contraria.

- Financia la reparación.

- Vende seguros dentro de tu taller e intenta que el cliente deje esa compañía.

Artículo de opinión de José Ramón Devasa, director general de Siauto, incluido en el Manual del Taller de Chapa y Pintura 2021 de Infocap.

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