Reparación | Requisitos y beneficios de las ayudas que pueden solicitar talleres y recambistas de Barcelona

Cira recuerda a sus asociados qué condiciones deben cumplir si desean pedir (hasta el próximo 17 de septiembre) al Ayuntamiento de la Ciudad Condal subvenciones para su actividad o para la mejora de sus instalaciones.

Las ayudas se pueden solicitar hasta el 17 de septiembre
Las ayudas se pueden solicitar hasta el 17 de septiembre

El próximo día 17 de septiembre se agota el plazo para la petición de ayudas al Ayuntamiento de Barcelona destinadas a mejoras en instalaciones o para el funcionamiento de una actividad económica ubicada en esta localidad. Con este motivo y para facilitar a sus asociados la mayor información posible, la Asociación Catalana de Recambistas Cira recuerda todos los requisitos en su página web. Son los que reproducimos a continuación:

1 Quién puede beneficiarse de estas ayudas

Trabajadores autónomos y empresas, con o sin local, que desarrollen su actividad en la ciudad de Barcelona.

2. Condiciones y requisitos para las ayudas

  • El proyecto ha de tener un importe mínimo de 20.000 euros (IVA excluido).
  • El período para realizar las actuaciones de la inversión será el comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
  • Solo se podrá presentar una sola solicitud de subvención por persona (NIF o DNI).
  • Se tendrá que estar al corriente de pago con todas las administraciones públicas.
  • Se deberá justificar cualquier otra subvención otorgada con el Ayuntamiento de Barcelona.
  • No tener sanciones administrativas firmes, ni estar en concurso de acreedores o declaración de insolvencia.
  • No superar la cantidad de 200.000 euros en subvenciones en un período de 3 ejercicios fiscales.
  • En caso de que la persona que suscriba la solicitud no sea el titular de la actividad, tendrá de acreditarlo.
  • La persona beneficiaria de la subvención, habrá de exponer el distintivo de la campaña de comunicación de esta convocatoria de forma visible. Este distintivo se facilitará por parte del Ayuntamiento en el momento de la adjudicación definitiva de la subvención.
  • Solo en el caso de que la de que la inversión se realice con posterioridad a la fecha de solicitud de la subvención: cuando el importe del gasto subvencionable exceda de 30.000 euros, en el caso de coste por ejecución de obra o de 12.000 euros en el caso de prestación de servicios (consultoría, dirección de obra o asistencia técnica), el beneficiario tendrá que presentar, como mínimo, 3 presupuestos de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación.

3. Qué gastos son subvencionables

Obras de reforma interior como:

  • Modificación de tabiques existentes.
  • Reparación o sustitución de revestimientos.
  • Reparación de humedades y elementos de aislamiento.
  • Renovación de instalaciones.
  • Reparación o renovación de ventanas, vidrios, puertas, etc.
  • Reparación o renovación de señalización interior, rotulación y toldos exteriores.
  • Instalación o sustitución de ascensores, montacargas, etc.
  • Instalación o sustitución de sistemas de seguridad o vigilancia.
  • Domótica.
  • Adquisición, reparación o sustitución de mobiliario, aparadores, mostradores, estanterías, expositores, sistemas de calefacción y aire acondicionado, elementos específicos de protección contra el Covid.
  • Eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de elementos de inclusión.
  • Modificación ancho puertas.
  • Adaptación de probadores.
  • Adaptación o mejora de WC e inclusión de alarma por caídas.
  • Disponer de Apps que lean e interpreten en lengua de signos la carta de los menús u otra información del establecimiento.
  • Instalación de bucles de inducción magnética para facilitar la conversación a personas con discapacidad auditiva.

Funcionamiento de la actividad económica:

  • Adquisición, reparación o sustitución de maquinaria y/o utillaje.
  • Instalación o mejora de los sistemas de gestión y comercialización: ecommerce, scommerce, mcommerce.
  • Maquinaria, licencias de programas, terminales de puntos de venta, sistemas de codificación y lectura óptica.
  • Incorporación de técnicas de marketing, sistemas de gestión de bases de datos con clientes, CRM.
  • Implementación de soluciones para la automatización de procesos en la mejora del negocio: redes para la conectabilidad digital, sistemas de alarma, seguridad, TPV...

Sostenibilidad y equidad de la actividad:

  • Mejoras en eficiencia energética y sostenibilidad como la adquisición e instalación de aparatos o sistemas de iluminación de bajo consumo, uso responsable del agua, aparatos de climatización o conservación de alimentos que suponga una reducción energética.
  • Instalación de puntos de recarga de vehículos.
  • Implantación de sistemas de gestión energética.
  • Incorporación de vehículos eléctricos.
  • Recogida, separación y gestión de residuos.
  • Incorporación de packaging ecológico, reutilizable y biodegradable.

3. Cuál es el importe de las ayudas

El importe de la subvención será el 50% del importe total del proyecto de inversión (sin IVA), hasta un máximo de 100.000 euros.

4. Criterios de evaluación

Todos los proyectos presentados y admitidos serán sujetos a una revisión técnica y se puntuarán. Dependiendo de la puntuación y de la fecha de trámite, se dará la admisión y prioridad a las solicitudes. La puntuación máxima a alcanzar para que sea admitida la solicitud será 100.

5. Pago de la subvención

Se prevén dos modalidades, una vez sea revisada y admitida la solicitud: si ya se ha realizado la inversión y se justifican en la solicitud los gastos, se realizará pago único del importe solicitado, y si aún no se ha realizado la inversión y se presentan presupuestos, el pago único se realizará cuando se publique la resolución definitiva.

Cerrar

Inicia sesión con email

He olvidado mi contraseña