Concesionarios | Grupo Volkswagen, condenado por primera vez en España por el 'dieselgate'

Deberá indemnizar con más de 5.000 euros a un afectado que adquirió un Audi Q5 en 2013.

Grupo Volkswagen, condenado por primera vez en España por el
Grupo Volkswagen, condenado por primera vez en España por el

Un juzgado de Valladolid acaba de dictar la primera sentencia condenatoria en España a Volkswagen por el caso de la manipulación de sus motores diésel, el conocido como 'dieselgate', por la que el grupo deberá indemnizar con 5.006 euros a un afectado que compró un Audi Q5 en mayo de 2013.

En su sentencia -que VW ya ha anunciado que recurrirá-, el juez da la razón a un cliente que adquirió su vehículo por 50.065 euros en un concesionario oficial de la marca en Valladolid y que es uno de los afectados por la instalación del software fraudulento que permitía modificar sus valores de emisiones contaminantes cuando el vehículo se encuentraba en el banco de pruebas y durante la conducción real.

El juez entiende que el grupo Volkswagen ha infringido los deberes de buena fe que supone la pérdida de confianza del consumidor, que afecta a muchos conductores y que implica un "engaño" a las autoridades de control con incidencia, además, en un bien público como es el medioambiente.

De este modo, el magistrado insiste en que el coche adquirido por el cliente -representado el despacho Vidau Abogados- ha supuesto un incumplimiento parcial de lo comprado. Y esta conducta, continúa el juez, infringe los deberes de "buena fe" en el cumplimiento de las obligaciones que son propias a la empresa y que afecta al consumidor en varios sentidos.

Así, advierte de que esta manipulación implica un "engaño" a las autoridades de control y al público en general, "dado que no parece razonable que una marca del prestigio de Volkswagen considere aceptable llevar a cabo tales prácticas engañosas como algo propio de su actividad empresarial", dice la sentencia.

Además, el magistrado indica que resulta "razonable" que el consumidor no quiera asumir una reparación efectuada por la propia marca cuando esto supone una manipulación del motor verificada "con secretismo y sin que conste acreditado, sin lugar a duda, que no afectará a las prestaciones del vehículo".

Ante esta situación, el juez considera que el perjuicio originado por Volkswagen a este cliente debe valorarse en el 10% del precio de adquisición del vehículo, es decir, 5.006,5 euros. Además, impone las costas del juicio a la compañía.

Esta es la primera sentencia condenatoria a Volkswagen después de que otras cinco anteriores hubieran dado la razón a la marca, la primera de ellas el pasado mes de mayo, tal como publicamos en InfoTallerTv.

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