Reparación | Gobierno y empresarios acuerdan que los ERTE se amplíen hasta el 30 de junio

La CEOE y los sindicatos han ratificado el principio de acuerdo que permite extender esta medida tras finalizar el estado de alarma.

Principio de acuerdo para alargar el plazo de los ERTE hasta el 30 de junio
Principio de acuerdo para alargar el plazo de los ERTE hasta el 30 de junio

La duración de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) ha sido ampliada hasta el 30 de junio, tras la ratificación de empresarios y sindicados del principio de acuerdo alcanzado con el Gobierno. El texto contempla ampliar los ERTEs de fuerza mayor derivados del coronavirus, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad).

El objetivo de esta negociación ha sido lograr que tras el estado de alarma, aquellos sectores que necesiten mantener los ERTE, como algunas empresas de venta y reparación del automóvil, tengan la opción de hacerlo para salvaguardar el empleo y evitar el cierre de sus negocios. El empresario o autónomo podrá reincorporar a sus trabajadores de forma progresiva para responder a la demanda de trabajo.

Más de 106.000 trabajadores del sector han sido afectados por un ERTE según los datos de la Seguridad Social correspondientes la mes de abril, siendo la mayoría por causas de fuerza mayor, los cuales se beneficiaban de la exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores. En el caso de la fuerza mayor parcial, las exenciones oscilarán entre el 30 y el 85%, dependiendo de las circunstancias, y primando la reducción de jornada sobre el mantenimiento de la suspensión.

Este acuerdo mantiene que aquellas empresas que reinicien su actividad con reducciones de jornada podrán descontar de la cuota de mayo el 85% y el 70% en el mes de junio, siempre que cuenten con menos de 50 trabajadores. En el caso de contar con un número superior de empleados, los porcentajes que se aplicarán serán del 60% en mayo y del 45% en junio. Si la empresa reanuda la actividad pero una parte de la plantilla no se reincorpora, el descuento será del 60% para mayo y del 45% para junio si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, si tiene más, será del 45% y del 30%, respectivamente.

Uno de los puntos más discutidos en este acuerdo es el que permite a los trabajadores cobrar la prestación por desempleo pese a no cumplir el período de cotización mínimo, una medida que era posible si la empresa se comprometía a garantizar el empleo durante seis meses, es decir, hasta el 30 de diciembre, tras reanudar la actividad. Este requisito seguirá siendo obligatorio, sin embargo, el Gobierno permitirá el despido a las empresas que estén al borde de la quiebra.

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