Cuando Pedro, residente en Sevilla, contrató en febrero de 2022 un punto de carga para vehículos eléctricos con Iberdrola para que se lo instalaran en unas plazas de garaje de su propiedad, jamás pensó la odisea que estaba a punto de comenzar. El final del camino, por fortuna, ha sido dichoso para él. La energética tendrá que abonar 515 euros por la reparación de los dos vehículos que dicho poste de carga dañó.
Tras unos meses de uso con normalidad, los problemas, según informa Facua Sevilla, comenzaron en abril de 2024. Tras enchufar uno de sus coches, apareció un mensaje de error en el vehículo que indicaba "batería carga imposible". El cliente no le dio más importancia y llevó, entonces, el vehículo a un taller para su reparación, al pensar que se trataba de un fallo del coche.
Sin embargo, algunos días más tarde, puso a cargar el otro automóvil eléctrico del que dispone. Para su sorpresa, mostró el mismo error que el anterior, y lo tuvo que llevar igualmente a un taller. Por la reparación de ambos coches, que estuvieron inmovilizados en el taller más de un mes, tuvo que abonar el total de los citados 515 euros.
En ese momento, el sevillano se puso en contacto de inmediato con Iberdrola. Solicitó no sólo la sustitución del punto de carga por uno que no estuviera defectuoso -ya que claramente el daño en los vehículos había sido producido por esta instalación- sino también el abono del dinero que había tenido que pagar por el arreglo de los coches.
La empresa, sin embargo, nunca respondió a las reclamaciones del afectado, lo que motivó al afectado a acudir a Facua Sevilla, de la que era socio desde 1994, para que le ayudara a defender sus derechos. El equipo jurídico de la asociación reclamó tanto la sustitución del punto de carga -que aún se encontraba dentro de los tres años de garantía que establece la normativa europea- como el abono de los 515 euros de la reparación de los vehículos afectados.
Punto de carga, sí; reembolso, no
Arrancó entonces un largo y tortuoso proceso de reclamación durante el que Iberdrola se puso en contacto con el cliente para indicarle que procedían a sustituir el punto de recarga, pero siguieron haciendo caso omiso de los intentos de que abonara también el arreglo de los vehículos dañados.
Ante esta tesitura, Facua Sevilla decidió acudir a la Junta Arbitral de Consumo para que emitiera un laudo favorable a los intereses del afectado, en el que se indica que había quedado perfectamente acreditado que los daños se habían producido por un mal funcionamiento del punto de carga. Así lo había acreditado el taller encargado de las reparaciones y, además, desde que le sustituyeron el cargador por otro nuevo, los vehículos no habían vuelto a presentar problemas.
Pues bien, el laudo arbitral ha dictaminado que Iberdrola debe abonar al cliente los 515 euros de la reparación de ambos vehículos. Así, se señala que "el órgano arbitral considera acreditada la relación causa efecto entre la avería del cargador, que fue sustituido por estar en garantía, al haber provocado en los dos vehículos la misma avería". Los laudos arbitrales son de obligado cumplimiento por parte de las empresas, por lo que, poco después de su dictamen, Iberdrola abonó el dinero a Pedro.