El taller no es un parking. Parece evidente y la Justicia se acaba de encargar de recordarlo. Un vigués tendrá que abonar 5.525,75 euros al local de reparación en el que dejó su coche alrededor de seis meses. Antes ya había pagado la factura de la reparación, cerca de 850 euros. Sin embargo, dejó el coche estacionado en el taller, a modo de aparcamiento, y el conflicto acabó en la vía judicial ya referida, según informa "El Faro de Vigo".
Así, en una reciente sentencia, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Vigo, ha confirmado un fallo anterior, de modo que el propietario del vehículo tendrá que asumir esa cantidad, más los intereses generados. Ya no cabe recurso. Los hechos se retrotraen a mediados de noviembre de 2021, cuando el taller, una vez reparado el coche sin que se le abonase la factura, comunicó al dueño que tenía tres días para retirarlo, además de reclamarle el pago. A partir de ese día se le cobrarían 25 euros por cada día de estancia.
El propietario no acudió al local hasta el 1 de febrero, momento en el que pagó la factura del arreglo. Pero mientras hacía el pago en la oficina, su padre, que le había acompañado, detectó supuestamente moho y otros desperfectos, como un retrovisor roto, por lo que instó a su hijo a no llevarse el coche en esas condiciones. Finalmente, a mediados de mayo recogió el vehículo.
La defensa del dueño intentó por varias vías revertir la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia n.º 6. Primero, esgrimió que su cliente no había firmado el presupuesto previo del arreglo, por lo que las condiciones ligadas al mismo no serían de aplicación. La Audiencia, sin embargo, considera que sí había sido aceptado y que, además, al final lo acabó abonando, lo que supone en sí mismo un acto de aceptación.
Los magistrados también creen que el local, Talleres Castiñeira, aplicó de manera correcta lo recogido en la normativa vigente, en la que se establecen dos requisitos para la obligación de pago de los gastos de estancia: que el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y que el usuario haya dejado transcurrir tres días desde la comunicación de haber elaborado el presupuesto o haber efectuado la reparación. Ambas condiciones se cumplieron, según la sentencia.
"Condición deplorable"
La baza principal del dueño fue probar que el negocio de reparación había sido negligente en la custodia del coche, que, a su juicio, estaba en una "condición deplorable". Contaba para ello con el testimonio del padre del propietario, pero la sala no le da peso a esta versión por la relación entre el testigo y el demandado. Para tenerla en cuenta, expone, debía estar respaldada por algún otro elemento probatorio en el que "no concurriera relación con las partes en el proceso".
Esa prueba a mayores que se intentó aportar fueron unas fotografías, pero en primera instancia no fueron aceptadas y ahora la Audiencia tampoco se lo concede, pues argumentan que en recurso sólo es posible incorporar pruebas documentales denegadas si en ese momento inicial se formuló protesta al respecto, y no fue el caso.
En el recurso también se habla de un acuerdo extrajudicial que el propietario habría firmado bajo coacciones "por la necesidad de recuperar el vehículo", pero los magistrados le restan importancia porque "ni siquiera se llega a indicar qué elemento probatorio acreditaría la existencia de actos coercitivos" en el contexto de ese acuerdo. Por último, también descartan que la tarifa de 25 euros al día sea "desproporcionada y abusiva", y recuerdan que ese precio fue comunicado al dueño, además de figurar en un tablón de anuncios.