Reparación | Tres millones de vehículos no tienen seguro obligatorio en España, el 9% del parque

Almería y Baleares son las provincias con mayor porcentaje (13%) de vehículos sin asegurar, mientras Guipúzcoa, Madrid y Navarra (6%) tienen la menor proporción.

El parque móvil ha crecido en 286.782 unidades en el segundo trimestre
La media nacional de vehículos sin seguro es de 9 de cada 100

Casi tres millones de vehículos carecen de seguro obligatorio, es decir, el 9% del parque automovilístico de todo el país, según los datos que el Gobierno ha facilitado en una respuesta parlamentaria a los diputados del PP, Óscar Gamazo y Jaime Mateo Istúriz.

Son datos que corresponden al 31 de enero de este año y que cifran concretamente en 2.957.530 los vehículos que no tienen la póliza de seguro a la que obliga la ley, lo que puede ser sancionado con entre 601 y 3.005 euros.

Esa cifra supone que la media nacional de vehículos sin seguro es de 9 de cada 100, pero esta proporción se eleva 23 en el caso de Melilla y a 18 en el de la otra ciudad autónoma: Ceuta.

Del total del resto de provincias, el porcentaje mayor de vehículos sin seguro obligatorio corresponde a Almería y Baleares, con un 13% en cada caso; por delante de Girona, Granada y Santa Cruz de Tenerife (el 12%).

El 11% de los vehículos no lo tiene en Cádiz, Ciudad Real, Huelva, Lleida, Málaga, Murcia, las Palmas y Tarragona.

Por su parte, en el extremo opuesto son Guipúzcoa, Madrid y Navarra las provincias con menor proporción de vehículos sin seguro, un 6%.

Prohibición de circulación

Según la ley, el incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará "la prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados y el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro".

"Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente", advierte la normativa.

Y no solo eso, porque los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, "que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo".

Mientras, la sanción pecuniaria oscila entre los 601 euros y los 3.005 de multa, "graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción", informa Efe.

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