Reparación | Obligan a un taller a readmitir a un trabajador que estaba fumando un porro

El acusado alegó que las causas del despido eran falsas y que este obedecía a que se había negado a aceptar una modificación de las condiciones de trabajo.

La sentencia también indica que la empresa podría optar por indemnizar al trabajador
La sentencia también indica que la empresa podría optar por indemnizar al trabajador

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictaminado esta semana que un taller de Lanzarote deberá readmitir o indemnizar a un técnico al que echó del negocio en septiembre de 2016 al ser visto fumando un porro en el establecimiento.

La empresa consideró que N.M.C. podía suponer un peligro para sus compañeros, clientes y para él mismo al llevar a cabo estas prácticas en el interior de la cabina de pintado, donde hay sustancias y gases altamente inflamables, además de estar fumando una sustancia ilegal, según publica LancelotDigital.com.

El trabajador demandó a la empresa por considerar que el despido era improcedente, tras el acto de conciliación, en el que no se llegó a un acuerdo. Pero el Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife falló a favor de la empresa en primera instancia, considerando como una falta grave los mencionados hechos.

Pese a que el acusado alegó que las causas del despido eran falsas y que el despido obedecía a que se había negado a aceptar una modificación de las condiciones de trabajo en la empresa, el tribunal tuvo en cuenta los testimonios del jefe de taller y uno de los pintores, quienes descubrieron al empleado fumando en las instalaciones.

Asimismo, la sentencia señalaba que en el establecimiento existen carteles con la expresa prohibición de fumar y que en los productos químicos utilizados se advierte del peligro de explosión. Además, a cinco metros de la cabina de pintado había tanques con 1.600 litros de combustible.

Pese a todo, el trabajador recurrió la sentencia y el TSJC ha obligado al taller a readmitirle o indemnizarle con 15.464 euros al considerar el despido, tal y como publica el mencionado medio, "desproporcionado" e "improcedente". La empresa ha optado por no readmitir al trabajador e indemnizarle con la cantidad indicada.

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