Reparación | El Gobierno exime de presentar la memoria de residuos a los talleres de once comunidades

El Miteco da por cumplida la ley para Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, País Vasco y La Rioja, además de Ceuta y Melilla, aunque abre la puerta a que el resto sigan la misma senda.

La eliminación de la obligatoriedad en los casos señalados entrará en vigor en 2024
La eliminación de la obligatoriedad en los casos señalados entrará en vigor en 2024

La aprobación de la Ley de Residuos en 7/2022 supuso un quebradero de cabeza a nivel normativo para los talleres. Las dudas sobre la necesidad de cumplir o no según qué requisitos ha marcado este periodo que ahora empieza a ver su fin a través de una resolución del Ministerio de Transición Ecológica. En ella, se elimina la obligatoriedad de presentar la Memoria Anual de Residuos Peligrosos en 2024 para casi la mitad de los talleres de España. 

Así, a partir de 2024, los talleres de 11 regiones, incluidas Ceuta y Melilla, no deberán presentar esta documentación. Son: Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, País Vasco y La Rioja, además de las dos ciudad autonómicas.

La justificación del ministerio para eximir de la presentación de las memorias a los productores de estas comunidades autónomas es que utilicen el procedimiento albergado en el Miteco para los traslados de residuos interterritoriales e intraterritoriales.

El ministerio abre la puerta al resto

Como esto ya es cumplido en estas once regiones, en estas comunidades, la información que deben aportar los productores ya estará comprobada y, por tanto, se considera cumplido con el artículo 65.3 de la citada ley.

Por contra, hasta la fecha, los talleres situados en Galicia, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Andalucía, Aragón, Navarra y Baleares, seguirán teniendo la obligación de presentar dicha documentación ante el ministerio. 

No obstante, el ministerio abre la puerta a que estas comunidades sigan los pasos de las primeras. El Miteco aclara en su orden: "En los supuestos de comunidades autónomas que, acogiéndose a la disposición adicional primera del Real Decreto 553/2020 disponen de servicios web para la remisión de los documentos de traslado interterritoriales a eSIR, podrán acogerse al supuesto A cuando también remitan por esta vía los documentos de traslado intraterritoriales".

Acogerse al procedimiento

Otra de las alternativas que ofrece el ministerio a los talleres es acogerse a otro supuesto para no presentar el informe.

"Para los supuestos en los que la información de generación de residuos peligrosos se encuentren repartidos en diferentes registros, por ejemplo, en los casos en los que los traslados interterritoriales se realicen a través del procedimiento del Miteco, mientras que los intraterritoriales se realicen a través de un sistema propio de la comunidad autónoma, se considerará cumplido el artículo 65.1 de la Ley 7/2022, cuando las autoridades competentes de las comunidades autónomas recaben la información de los documentos de traslado de ambos sistemas, agreguen la información de forma resumida, analicen y comprueben la información, y posteriormente la incorporen a eSIR", recoge la directiva.

En este caso, explica el ministerio, mientras que se produce la verificación, se deberá dar cumplimiento a la normativa actual para la remisión de memorias de productores de residuos peligrosos. "De forma transitoria, hasta que se establezcan esos sistemas, las comunidades autónomas que se acojan a esta opción deberán disponer de la información de generación de residuos", señala.

La decisión de acogerse o no a este supuesto corresponde a las autoridades competentes de cada comunidad autónoma, quienes deberán comunicar dicha decisión al ministerio y hacerla pública en su página web.

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