Chapa y pintura | La justicia confirma el archivo de la denuncia contra el baremo de Centro Zaragoza

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La Audiencia Nacional ratifica la decisión de Competencia sobre el baremo de CZ

El baremo de Centro Zaragoza (CZ) seguirá siendo referencia en las valoraciones para reparaciones de pintura en siniestros. La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso planteado por las patronales Faconauto y Cetraa contra la decisión de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) de archivar una denuncia planteada por ambas entidades contra CZ por este baremo (ver noticia).

Con esta decisión de la Audiencia Nacional se ratifican algunas conclusiones polémicas de Competencia como que los talleres tienen capacidad de negarse a las “supuestas imposiciones de los peritos y las aseguradoras”.

Estas imposiciones, a juicio de la Audiencia Nacional, no han sido suficientemente acreditadas y no pueden deducirse del porcentaje de uso del baremo en las valoraciones de siniestros, que alcanza el 34%.

La sentencia también da a entender que el malestar entre los talleres por algunas prácticas de aseguradoras y peritos no guarda relación alguna con el baremo de Centro Zaragoza y su utilización. Una afirmación que contrasta fuertemente con el sentir recogido por las asociaciones del sector Cetraa (ver noticia) o Ganvam (ver noticia).

De seguir la vía judicial, las asociaciones de talleres podrían recurrir todavía al Tribunal Supremo. Respecto a esta posibilidad, Faconauto no ha querido hacer declaraciones. Cetraa, por su parte, ha declarado a Infotaller.tv que no emprenderá más acciones legales relativas a este tema y seguirá profundizando en su actual relación de trabajo y colaboración con Centro Zaragoza.

En cualquier caso, lamenta que ni la Audiencia Nacional ni Competencia hayan permitido iniciar una investigación de oficio sobre el tema, limitándose a archivar la denuncia por falta de pruebas, cuando los datos aportados "debían permitir esta labor investigadora".

También llama la atención sobre el hecho de que se diga que no se ha acreditado la imposición del baremo, cuando se presentaron unas encuestas que así lo establecían. Además, insiste en que "se presentaron pruebas concretas o, por lo menos, indicios (encuestas) y Competencia no practicó prueba alguna".

Asimismo, muestra su sorpresa porque la sentencia diga, por un lado, que el baremo carece de efecto anticompetitivo y, por otro, que es un instrumento válido para reducir el grado de competencia vía precios. Si quieres leer la sentencia completa de la Audiencia Nacional, haz clic aquí.

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