Vehículo industrial | Regulan las inspecciones técnicas en carretera de VI

El objetivo es establecer más controles que garanticen que estos automóviles cumplen la legislación vigente.

Regulan las inspecciones técnicas en carreta de VI
Regulan las inspecciones técnicas en carreta de VI

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que quedan reguladas las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales en territorio español. Su objetivo es establecer controles más estrictos que garanticen que estos automóviles cumplen la legislación vigente.

La nueva normativa se ha adoptado según una directiva comunitaria de 2014 con la que se pretende mejorar la seguridad vial, reducir las emisiones contaminantes y evitar la competencia desleal en el transporte por carretera.

Entre las principales novedades de estas inspecciones técnicas visuales realizadas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y las policías autonómicas competentes, cabe destacar la comprobación de la sujeción de la carga que ya no será meramente visual.

Además, por primera vez, deberán realizarse un mínimo de inspecciones técnicas iniciales de vehículos matriculados en España y en otros países de la Unión Europea. Así, el número total de inspecciones técnicas iniciales en carretera corresponderá a un mínimo del 5% del total de vehículos matriculados.

En España, los vehículos que deben someterse a esta clase de inspecciones alcanzan los cinco millones, sobre los que anualmente ya se realizan inspecciones visuales o documentales en un porcentaje cercano al 6%.

En cuanto a las inspecciones técnicas más minuciosas, que se realizan con unidades móviles por personal cualificado o en la estación ITV más próxima, se llevarán a cabo sobre los elementos que se consideren necesarios en función de la inspección inicial realizada (seguridad de frenos, neumáticos, ruedas, chasis y emisiones contaminantes).

Las empresas operadoras del transporte por carretera se clasificarán según si presentan riesgo bajo, medio o alto de acuerdo con el número y gravedad de las deficiencias detectadas como consecuencia de estas inspecciones.

Por otro lado, las deficiencias detectadas se clasificarán como leves, graves o peligrosas, atendiendo al riesgo inmediato para la seguridad vial o el impacto en el medio ambiente.

Los coches con deficiencias graves o peligrosas podrán ser inmovilizados o desplazados a un taller cercano. Si no requieren una reparación inmediata, los responsables deberán corregirlas y someterse a una nueva inspección en el plazo de 15 días hábiles.

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