Reparación | El TSJPV desestima el recurso de un taller por la muerte de un mecánico por amianto

El fallecido trabajó en la reparación de vehículos en dos talleres: Finazauto Servicios entre 1967 y 1982 y Neumáticos Uria desde 1988 hasta su jubilación en 2013.

Exterior del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco
Exterior del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso presentado por el taller Neumáticos Uria contra una sentencia de un Juzgado de lo Social de San Sebastián que le obligaba a pagar de forma solidaria, junto con otras dos compañías, 327.500 euros a un trabajador enfermo por amianto.

Según ha informado este martes la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi-Asviamie en un comunicado, el empleado trabajó como mecánico en la reparación de vehículos en Finazauto Servicios entre 1967 y 1982; en el matadero industrial de Aves Oiquina de 1982 a 1988 y en Neumáticos Uria desde 1988 hasta su jubilación en 2013.

En 2020, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar, tras lo cual el INSS le reconoció una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional relacionada con el amianto.

El informe de Osalan recoge que el operario estuvo expuesto a la inhalación de fibras de amianto en los trabajos de sustitución, limpieza o reparación de frenos y embragues en los talleres donde trabajó, ya que el forro de esas piezas se fabricaba con amianto.

La sentencia recurrida condenó a las tres empresas al pago solidario de una indemnización de 327.586,31 euros, más intereses al enfermo, por la responsabilidad empresarial en la causa de la enfermedad y el incumplimiento de las medidas de seguridad, señala Asviamie.

Neumáticos Uria S.L. de Hernani (Guipúzcoa) recurrió la resolución judicial para reclamar su absolución o, de forma subsidiaria, la reducción de la indemnización dado que el empleado había sido fumador.

Asviamie ha asegurado que la Sala de lo Social del TSJPV ha desestimado el recurso de suplicación de Neumáticos Uria e insiste en que es la empresa la que debe probar que "cumplió todas las normas de seguridad y que adoptó cuantas medidas de prevención eran necesarias".

En cuanto a la reducción de la indemnización por un antiguo hábito al tabaco del afectado, la resolución judicial se apoya en sentencias del Tribunal Supremo que defienden que "la prolongada exposición profesional al amianto durante años, sola y por su misma, puede generar una enfermedad profesional" y "ello se fume o no", subraya Asviamie, informa Efe.

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