Reparación | Asetra recuerda que la Declaración Anual de Envases es obligatoria

La asociación facilita impresos y realiza gratuitamente el trámite a los talleres miembro que lo deseen.

No se deben declarar los envases que hayan sido puestos en el mercado a través de un sistema integrado de gestión
Solamente debe declarar los residuos procedentes de envases

Asetra ha querido recordar que los talleres, como poseedores finales de envases industriales o comerciales, cuyos envasadores se hayan acogido a la Disposición Adicional Primera de la Ley 11/1997 de envases, están obligados a presentar anualmente ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio una declaración de envases (DAE).

"Recuerde que solamente debe declarar los residuos procedentes de envases: todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías. Por ejemplo: envases de plástico o metal contaminados, aerosoles, bidones vacíos, etc.", explican en su web.

No se deben declarar, sin embargo, los envases que hayan sido puestos en el mercado a través de un sistema integrado de gestión, es decir, aquellos por los que se haya abonado la tasa de “punto verde” (identificados con el correspondiente icono).  

Asesoramiento específico

En este sentido, Asetra dispone de un servicio de asesoramiento específico para ayudar a sus socios a cumplir con ese trámite.

De hecho, los talleres miembro interesados en que Asetra registre su declaración 2021, ya deberían haber recibido por correo electrónico dos documentos que el taller debe enviar de vuelta a la asociación, firmados y sellados:

  1. Formulario de la declaración.
  2. Autorización para que ASETRA pueda presentar su declaración.

La fecha límite para enviar la documentación a Asetra es el 25 de marzo y la de registro el 31 de marzo.

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