Chapa y pintura | La responsabilidad del taller en una reparación defectuosa, tras seguir el criterio equivocado del perito

Armango Higueras, abogado colaborador del Gremi de Talleres de Barcelona, explica en un artículo de la revista de la patronal que si el taller se siente obligado a reparar de un modo que no ve correcto, debe hacer constar por escrito su criterio a la aseguradora que paga el trabajo y al cliente. Será responsable ante el cliente, pero la aseguradora también tendrá que asumir su riesgo.

La aseguradora
¿Qué debe hacer el taller cuando el criterio del perito no garantiza la calidad de la reparación?

El abogado colaborador del Gremi de Talleres de Barcelona, Armando Higueras, da las claves sobre cómo actuar ante un criterio equivocado de un perito. En un artículo publicado en el último número de la revista de la patronal, del que nos hacemos eco por su interés para el sector, Higueras explica que el taller ha de asumir su plena responsabilidad si el dueño del vehículo no está conforme con la reparación. Por desgracia, situaciones de este tipo son muy frecuentes y si el taller no defiende su profesionalidad, y luego se detecta el defecto, el taller será culpable de los defectos de esa mala reparación. No le servirá la excusa de que él ha seguido instrucciones de la aseguradora porque según la ley, la responsabilidad en un contrato de ejecución de obra ante un perjudicado es de quien la ejecuta.

Lo cierto es que la situación actual es lamentable. El consejo del Gremi es que si el taller se siente obligado a reparar de un modo que como técnico no ve correcto porque no puede dar garantía de su calidad, debe hacer constar por escrito su criterio a la aseguradora y al cliente. Será responsable ante el cliente, pero la aseguradora también habrá de asumir su riesgo. Si el mecánico cree que su trabajo puede afectar directamente la seguridad vial del vehículo, simplemente no lo debe hacer.

Higueras ha reproducido una sentencia de la Audiencia de Palencia en un caso de esta tipología. "Arrendamiento de obra. Responsabilidad contractual. Reparación defectuosa. La AP declara la responsabilidad del taller, por incumplimiento contractual, cuando queda acreditada la ejecución defectuosa de los trabajos de reparación de un vehículo, procediendo la devolución de cantidades cobradas por la reparación defectuosa. Un taller hace una reparación en la que no se cambia el bastidor, sino que a instancia del perito, se repara con soldadura. Con posterioridad, el vehículo presentó fallos y defectos derivados de esa reparación, en la dirección".

Una reparación defectuosa por seguir el criterio de un perito, razón por la cual se llevó a otro taller, pero, esta vez, se cambió el bastidor, presentando una factura de reparación por importe de 8.350,27 euros más IVA y que se abonó a ese 2º taller reparador. La audiencia considera un ilícito civil la conducta del primer taller. Dice "no acertamos a entender cómo en el marco de una relación contractual de arrendamiento de obra, los dueños o responsables de un taller dedicado profesionalmente a la reparación de vehículos, deciden efectuar una reparación que ellos mismos consideran improcedente. Eso sí, percibiendo religiosamente el importe de la reparación".

Es evidente que si el taller de los demandados hubiese actuado con diligencia propia de un buen profesional se habría negado a reparar la avería y habría informado a la propiedad del vehículo que la única posibilidad admisible era la sustitución del bastidor, de esta forma sí se habría solventado correctamente la avería, ya que los dueños del turismo lo llevaron al taller buscando un resultado. Por eso, en este caso, el primer taller reparador habrá de pagar la reparación del chasis (sustitución) que ha hecho el segundo taller. 

"Es esencial tener presente este criterio porque cuando el taller elige no cumplirlo y dar prioridad al interés de la aseguradora que le paga, construye la base de la dependencia del sector ante las aseguradoras", ha concluido Higueras. 

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