Reparación | Los talleres deberán aceptar los pagos con tarjeta a partir de 30€

La nueva ley permite que cualquier instrumento de pago alternativo al dinero efectivo se pueda utilizar.

Los clientes podrán utilizar otros sistemas, además de las tarjetas de crédito o débito
Los clientes podrán utilizar otros sistemas, además de las tarjetas de crédito o débito

En unos meses los usuarios podrán pagar los productos o servicios recibidos en los establecimientos con algún instrumento de pago alternativo al dinero efectivo, siempre que el importe supere los 30 euros.

Así lo indica el Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago, con el que se traspone la Directiva europea 2015/2366, y que ha aprobado el Gobierno en el consejo de ministros, según se hacen eco varios diarios nacionales.

Esta nueva norma impulsada por el Ministerio de Economía da un paso más allá de la directiva europea, ya que no obligará a utilizar los habituales TPV (Terminal Punto de Venta), sino que cualquier sistema de pago alternativo será viable.

Pero, ¿con qué alternativas podrán contar los clientes? Además de las tarjetas de crédito o débito, también existen los llamados servicios de iniciación de pagos, unos sistemas que implican un pago electrónico sin necesidad de sacar la tarjeta de la cartera. Así, puede ser una aplicación que conecta directamente con el banco, una cartera virtual u otras aplicaciones de las llamadas fintech.

Asimismo, el Gobierno ha aprovechado esta trasposición para mejorar la protección de los ciudadanos en el caso de que les roben sus tarjetas y puedan utilizarlas de forma fraudulenta para realizar compras o retirar dinero en efectivo de los cajeros.

Hasta ahora, la pérdida máxima que un cliente bancario debía asumir era de 150 euros. Cuando esta ley entre en vigor, la cuantía se reducirá a 50 euros. Además, se acorta el plazo de respuesta del banco (15 días) para resolver reclamación, ya que hasta ahora se podía dilatar hasta los dos meses.

Además, la Ley de Servicios de Pago dará cabida a nuevos operadores en este tipo de servicios, regulando la actividad de los intermediarios entre consumidores y comerciantes con el fin de garantizar el pago del cliente al establecimiento directivamente, como alternativa a la tarjeta.

También se regula el acceso de terceros a las cuentas de los clientes de los bancos, bien para agregar la información (agregadores de cuentas) o bien para el inicio del proceso de pago (iniciadores de pago), en nombre y previa autorización del cliente.

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