Chapa y pintura | Las aseguradoras cubrirán los ‘riesgos extraordinarios' en los coches con seguro

Los daños por vientos superiores a 120 km/h o acciones de los cuerpos de seguridad, entre otros, estarán cubiertos desde el 1 de julio.

Hasta ahora los coches solo con responsabilidad civil no disponían de esta cobertura.
Hasta ahora los coches solo con responsabilidad civil no disponían de esta cobertura.

A raíz de los recientes cambios normativos, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) cubrirá todos los vehículos asegurados en caso de catástrofe a partir del 1 de julio de 2016.

En el caso de que se contraten nuevas pólizas la cobertura se dará de forma inmediata, explican las aseguradoras. Si se trata de pólizas actualmente en vigor, se irán adaptando a su vencimiento.

Los riesgos extraordinarios son aquellos que, estadísticamente, ocurren en contadas ocasiones y cuya magnitud, naturaleza y efectos exceden de los de un riesgo normal. Así, por ejemplo, terremotos, maremotos, vientos superiores a 120 km/h o acciones de los cuerpos de seguridad del Estado en tiempos de paz son algunos de ellos.

Hasta el momento, para que un vehículo estuviera asegurado frente a los citados riesgos, tenía que tener contratada una cobertura adicional de daños propios. Por ello, los coches que solo tuvieran la responsabilidad civil no disponían de esta cobertura de riesgos extraordinarios.

Por otro lado, el recargo en favor del Consorcio como fondo de garantía del seguro obligatorio de responsabilidad civil de automóviles se ha reducido el 25%. De esta forma, a partir del 1 de julio será el 1,5% de las primas comerciales del seguro obligatorio de automóviles.

El Consorcio es una entidad empresarial pública, que depende del Ministerio de Economía a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este funciona como una especie de fondo de garantía asegurador para determinados siniestros, alimentado por las propias aseguradoras.

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