Chapa y pintura | Línea Directa pagará 8.000 € a un cliente pese a un error en un parte

La Audiencia de Murcia considera como "mero error" la equivocación del asegurado al no precisar el punto exacto del accidente.

El juez argumenta que la equivocación no fue intencionada.
El juez argumenta que la equivocación no fue intencionada.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a Línea Directa a reparar los daños de un coche accidentado, pese a que el conductor se equivocara en el parte al indicar dónde había tenido lugar el incidente.

Con esta decisión, el tribunal revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia que el pasado mes de marzo desestimó la demanda del usuario y absolvió a la aseguradora, que ahora tendrá que pagar casi 8.000 euros al demandante.

Asimismo, la Audiencia señala que "nadie cuestiona la existencia de un seguro a todo riesgo, por lo que la aseguradora está obligada al pago de los daños producidos en el vehículo derivados de un hecho de la circulación".

A esto añade que los únicos hechos excluidos de la póliza son los derivados de actos de mala fe del asegurado, tomador o conductor autorizado, o cuando en la declaración de un siniestro se incurra en falsedad, lo cual no se da en este caso.

El juez argumenta que la equivocación del asegurado al no precisar el punto exacto del accidente no puede calificarse como intencionada o culpa grave, "sino de un mero error de identificación del lugar".

Asimismo, el tribunal discrepa en otros extremos tenidos en cuenta por el Juzgado de Primera Instancia para desestimar la demanda, por ejemplo, que el conductor no había llamado a la grúa o que no precisó de asistencia sanitaria.

Con ello, la Audiencia apunta que no fue necesario recurrir a este servicio porque el conductor pudo arrancar el coche y llevarlo hasta el taller donde sería reparado y que "la ausencia de lesiones no comporta el que no se haya producido el accidente".

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